III. DISPOSITIVA.
En mérito de todos y cada uno de los argumentos anteriormente expuestos este Tribunal Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del presente Recurso de Apelación considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, y como consecuencia de lo anterior se da por terminado el mencionado recurso interpuesto por la ciudadana ROSMARY CAROLINA LEÓN GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.337.043, debidamente asistida por su Representante Judicial ABG. DANIEL JOSE GÓMEZ RAMOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 150.317, contra la decisión dictada en fecha 17-05-2018 por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de .....