este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial Estado Nueva Esparta, declara INADMISIBLE la demanda intentada por la ciudadana MARUJA ALEJANDRA MONDAZZI MEDINA, en contra de la Empresa Sociedad Mercantil ARMIL HOTELES, C.A. por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales. Publíquese y Regístrese la presente decisión.-