este Tribunal del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Rectificación de Partida de Acta de Matrimonio presentada por la ciudadana Silvia Patricia Salas de Asanza, ya identificada, asentada en el Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante el la Jefatura Civil de San José, Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Distrito Capital en el año 1.987.