DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, intentó la ciudadana ELIDA VELÁSQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-547.678, domiciliada en la Calle Meneses N° 11-42, Sector Centro de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, contra LA SULTANA DEL VALLE, C.A., sociedad de comercio inscrita por ante el Registro Mercantil II, de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 08 de febrero del 2002, bajo el N° 30, Tomo 3-A, en la persona de su representante el ciudadano LUIS GERMÁN RAMÍREZ URREA, venezolano, mayor de edad, domiciliado.....