En mérito de las consideraciones expuestas, este Cuarto de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda formulada por CENTRO COMERCIAL CARIBEAN CENTER MALL, representada por el a bogado LEOPOLDO L0VERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 9.686, en contra del ciudadano LUIS FRAIZ DIEGUEZ, expediente No. 474-05, nomenclatura particular de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
La condenatoria de perención no determina condena en costas por mandato del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA.
Dada, Sellada y Firmada en la sala de Despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios, Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscrip.....