DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara
PRIMERO: Con lugar la demanda de Cobro de Bolívares (Intimación).
SEGUNDO: Condena a la Empresa ANDRÉS PARABRISAS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 14 de Diciembre del 1994, bajo el N° 1175, Tomo IV, dic. 23, en la persona de su representante ANDRÉS ARISMENDI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.475.270, domiciliado en la calle Zamora, Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, al pago de las siguientes cantidades:
a) Capital demandado TRES MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 3.000.....