DISPOSITIVA:
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el presente DESISTIMIENTO, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se revoca la medida de enajenar y gravar decretada por este Juzgado en fecha 04 de junio de 2009, sobre el inmueble constituido por un apartamento ubicado en Residencias Marsarena Style, Edificio N° 8, ubicado en la Tercera Etapa, Piso 2, apartamento 2, Urbanización Jorge Coll Jurisdicción del Municipio Maneiro, del Estado Nueva Esparta, el cual consta de las siguientes características: Superficie de OCHENTA Y CINCO METROS CON VEINTITRÉS CENTÍMETROS CUADRADOS (8.....