En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Cuarto De Los Municipios Mariño, García, Tubores Villalba Y Peninsula De Macanao De La Circunscripción Judicial Del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de conversión en Divorcio hecha por los ciudadanos DELLY CAROLINA AZOCAR CONTRERAS Y JOSE RAIMUNDO MARQUEZ DIAZ, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vinculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante el Jefe civil y secretaria, en la Sede de la oficina del Registro Civil Municipal ubicada en la Plaza Paraguachí del Municipio Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, en fecha dieciocho (18) de Diciembre de 2010, según consta del acta asentada bajo el Nº 183, constante de un (01) folio de los libros de Registro Civil de Matrimonios correspondientes.
TERCERO: No se le atribuy.....