Vista las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara de oficio, de conformidad con los artículos 14, 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil.
PRIMERO: LA PERECION DE LA INSTANCIA en la presente causa.
SEGUNDO: Se suspende y se levanta la medida de secuestro decretada por este tribunal sobre un Vehiculo automotor de las siguientes características marca: NINSSAN, Modelo Sentra, Año 2007, Color Blanco, Clase automóvil, tipo sedan, uso: particular, placas S/P, serial de Carrocerías 3N1EB31S07K333421, SERIAL DEL MOTOR GA16-899499V, STOCK, E000062093, Catalogo B13-07A, régimen puerto Libre. Ordenado mediante oficio N° 070-10 al Juzgado Distribuidor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Maneiro, Tubores, Villalba y península de Macanao d.....