Dispositiva
Por todas y cada una de las razones antes expuestas y con el objeto de mantener un equilibrio procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con Lugar la Cuestión Previa planteada conforme al Ordinal 1° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
Segundo: Se declina la competencia al Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de esta Jurisdicción.
Se Condena en costas a la parte Actora, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena notificar a las partes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, por haber salido esta decisión fuera de lapso.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios M.....