En virtud de lo antes expuesto se desprende y está demostrado el derecho que las solicitantes alegan, en consecuencia este Juzgado Cuarto de Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia Social en nombre de la República Boliviana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo en todo caso los derechos de terceros, declara a los ciudadanos MARIA JESUS GOMEZ NARVAEZ, CARLOS EDUARDO GUEVARA GOMEZ, EDWAR ALEXANDER GUEVARA GOMEZ, FIDEL JOSE GUEVARA GOMEZ, plenamente identificados en autos, como los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de su causante FIDEL ANTONIO GUEVARA.-
Tómese nota de este decreto en el Libro Diario y devuélvanse originales de estas actuaciones a los interesados, así como también expídanse por secretaria cuatro (4) juegos de copias certificadas de todas las actuaciones de la prese.....