En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al convenimiento suscrito por la parte demandada, la entidad mercantil "FIMO CONSTRUCCIONES S.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 15 de mayo de 2004, anotada bajo el N° 43, tomo 20-A., representada por el ciudadano JUAN JOSE MOLES PLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 3.658.483.
SEGUNDO: Téngase dicha homologación como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y en su oportunidad archivese del presente expediente.