En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio por los ciudadanos PEDRO ALFREDO ROJAS ALCALA y CIRAMA CRUZ SALAZAR MARVAL, ya identificados con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: Disuelto, el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 28 de Diciembre de 1992, contrajeron Matrimonio Civil por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Tubores, del estado Nueva Esparta, según consta de Acta N° 77 folio vuelto 90 y folio 91 del libro de Registro Civil de Matrimonios, todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-