Por los motivos anteriores expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, hecha por los ciudadanos DARWINT JOSE ROMERO LOZADA E YSANDRA JOSEFINA VASQUEZ, ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.381.296 y V-8.318.164, respectivamente, domiciliados en el Municipio Mariño del estado Nueva Esparta, y en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNE; en virtud del matrimonio civil celebrado ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño, de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 24/05/1.984. Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del Juzgado Segun.....