Este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 265, 266 del Código de Procedimiento Civil. En virtud de la solicitud de devolución de los originales, se ordena que previa su certificación en los autos se le devuelva al solicitante los documentos. Para la elaboración de todas las Copias ordenadas, se autoriza suficientemente al ciudadano SIMON COLL, Funcionario de este Tribunal, y quien firmará junto a la Secretaria, todas las copias y su certificación. En consecuencia se ordena el archivo definitivo del Expediente. CUMPLASE.