REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VIILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO


Porlamar, 21 de Enero de 2011

200° y 151°

Visto el DESISTIMIENTO de fecha 19 de Enero de 2011, el cual riela al folio Ciento cincuenta y uno (151) del presente Expediente suscrito, por el Ciudadano FREDDY GARCIA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.376.581, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 115.820, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ZHENG HUI XIONG. Este Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACIÓN, conforme a lo dispuesto en los artículos 265, 266 del Código de Procedimiento Civil. En virtud de la solicitud de devolución de los originales, se ordena que previa su certificación en los autos se le devuelva al solicitante los documentos. Para la elaboración de todas las Copias ordenadas, se autoriza suficientemente al ciudadano SIMON COLL, Funcionario de este Tribunal, y quien firmará junto a la Secretaria, todas las copias y su certificación. En consecuencia se ordena el archivo definitivo del Expediente. CUMPLASE.
EL JUEZ,


ABG. MIGUEL MENDOZA LOPEZ,
LA SECRETARIA,
ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO.

NOTA: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente. Conste.

LA SECRETARIA.




MML/EEP/srtj
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Exp. Nº. 10-1464.-