este Juzgado DECLINA su competencia al tribunal de Primera Instancia lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. Remítase el presente expediente al Tribunal Distribuidor de Primera Instancia lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta a los fines de que el Tribunal a quien por Distribución corresponda, conozca de la misma. Visto que del folio once (11) al folio dieciocho (18), así como el folio veintiuno (21), folio veintitrés (23), folio veinticuatro (24) y folio veinticinco (25), se observa una doble de foliatura, es por lo que este tribunal en aras de subsanar dicho error involuntario, ordena la refoliatura del presente expediente a partir del folio diez (10) exclusive, testando sobre la anterior foliatura una línea de color negro. Líbrese oficio. Cúmplase.-