DECISION
En fuerza de los razonamientos que preceden este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: Se repone la presente causa al estado de que la defensora judicial designada, abogada en ejercicio MARIA FERNANDA LUJAN, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.673.703, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 93.856n; de contestación a la demanda que tiene incoada la JUNTA DE CONDOMINIO del EDIFICIO TORRE 1 DE " RESIDENCIAS LAS MARGARITAS", ubicado en la Calle Narváez, Cruce con avenida Terranova, Porlamar, Jurisdicción del Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta, cuyo Documento de Condominio fue debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta en fecha 27-08-1982, bajo el Nº 22, Tomo 4, Protocolo Primero, Folios 67 al 87vto, Tercer Trimestre del citado año, Nota Nro 1; contra.....