DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la demanda por Reivindicación, incoada por la ciudadana EVA DEL VALLE MILLAN DE MILLAN, contra el ciudadano ANTONIO JOSE HAMANA HERNANDEZ, ya identificados.
SEGUNDO: Se condena en costas a la ciudadana EVA DEL VALLE MILLAN DE MILLAN, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Se ordena la notificación a las partes de la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
REGISTRESE, PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Porlamar a .....