Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de Ley, declara las presentes actuaciones Título suficiente para acreditar el carácter de UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS deL De Cujus ciudadano PABLO ANTONIO PEÑAS CONTRERAS, a los ciudadanos YOHANA MILAGROS PEÑA HERNANDEZ, YOMAIRA YSABEL PEÑA HERNANDEZ, YOHAN JOSE PEÑA HERNANDEZ, YOVANINA JOSEFINA PEÑA HERNANDEZ, YOSELIN CAROLINA PEÑA HERNANDEZ y MILAGROS JOSEFINA HERNANDEZ DE PEÑA, todos de nacionalidad venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nrosº.- 6.408.304, 14.839.689, 14.967.519,18.400.931, 19.115.998, 19.115.999, respectivamente, hijos y concubina respectivamente.
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terceros o de aqu.....