En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por DESALOJO, incoada por la ciudadana VILMARY GOMEZ FERMIN, contra el ciudadano VICENTE GARCIA AQUINO, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se le ordena al ciudadano VICENTE GARCIA AQUINO, hacer entrega del inmueble, constituido por un local comercial tipo garaje-galpón, ubicado en la calle Lárez de la ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, libre de personas y de bienes, a la ciudadana VILMARY GOMEZ FERMIN.
TERCERO: Se le ordena al ciudadano VICENTE GARCIA AQUINO, que debe cancelar a la parte actora la suma de Un Mil Cuatrocientos Bolívares (Bs. 1.400,00), como indemnización de daños y perjuicios.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del.....