DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, incoada por los ciudadanos JORGE ISAAC VILLA MARIN y XIOMARA JOSEFINA VILLARROEL DUARTE, ambos de nacionalidad venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-24.107.173 y 5.479.308, respectivamente, contra la ciudadana SANDY MARTINEZ BERMUDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.186.794, y de este domicilio.
SEGUNDO: Se ordena a la ciudadana SANDY MARTINEZ BERMUDEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.186.794, hacer entrega a los ciudadanos JORGE ISAAC VILLA MARIN y XIOMARA JOSEFINA VILLARROEL DUARTE, ambos de nacionalidad venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-24.107.173 y 5.479.308.....