DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: VALIDA y PROCEDENTE LA OFERTA REAL Y EL DEPOSITO, realizado por la Sociedad Mercantil HABITAT SOCIAL INTEGRAL HASOIN, identificada en autos, a favor del ciudadano HARIXON JOSE AGUILERA HERNANDEZ , identificado en autos.
SEGUNDO: En consecuencia, queda liberada de las obligaciones establecidas en el contrato de promesa bilateral de compra-venta, suscrito en forma privada en fecha 14 de Septiembre de 2007.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en Porlamar, a los tres (03) días del .....