este Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones, Título Suficiente para asegurar su condición como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido, ALCIDES JOSE MURGUEY LEON, a los ciudadanos CARMEN MERCEDES PAZ viuda de MURGUEY, JESUS ALCIDES MURGUEY PAZ, MERALCI DEL CARMEN MURGUEY PAZ y VANESSA DEL VALLE MURGUEY PAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V- 3.942.981, Nº 12.919.752, Nº 14.686.461 y Nº 18.399.697, respectivamente, del mismo domicilio, en su condición de cónyuge e hijos del mencionado finado.
De conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil se deja a salvo los derechos de terceros o de aquellas personas que siendo herederos de los finados no hayan sido incluidos como t.....