Por todas las consideraciones precedentes es por lo que este Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano GLAUVEL BRITO MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.834.922, domiciliado en la población de San Sebastián, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, mediante su apoderado judicial, Dr. CARLOS JULIO NOYA PACHECO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° V-14.660.033, de este domicilio, contra el ciudadano DIONISIO EMIRO LISTA MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.398.409, domiciliado en la población de San Sebastián, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.-
SEGUNDO: Se resuelve el contrato de arrendamiento suscrito entre el ci.....