IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de IMPUGNACIÓN DE PATERNIDAD incoada por el ciudadano FRANK HERIBERTO MEDINA SOTO contra el ciudadano HERIBERTO MEDINA GUTIERREZ y en consecuencia, nulo el reconocimiento de filiación paterna efectuado por el ciudadano HERIBERTO MEDINA GUTIERREZ a favor del ciudadano FRANK HERIBERTO MEDINA SOTO, por no ser veraz, en virtud de que no es el padre biológico del referido ciudadano.