IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE y VÁLIDOS la Oferta Real y el Depósito efectuado por la ciudadana YUNELSY CALVO SERRANO, hecha a la Sociedad Mercantil H.D. INVERSIONES, C.A., del pago de la suma de de SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs.665.148,75), que comprende: a) SEISCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs.605.625,00) por concepto de reintegro de la cantidad depositada por HD Inversiones, C.A., a la cuenta bancaria de Banesco Nro.01340797527973006422 del cónyuge de su representada; b) TREINTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO (Bs.35.625,00) correspondiente a la cuota Nro. 12 (vencida el 28.04.201.....