PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Nulidad de Venta y Asiento de la Inscripción Registral interpuesta por el ciudadano FRANCISCO RODRÍGUEZ SALAZAR, en contra de LUISA VICTORIA SALAZAR, ISMENIA MERCEDES RODRÍGUEZ de CASTAÑEDA, OSMEL RODRÍGUEZ SALAZAR, LUIS SALVADOR RODRÍGUEZ SALAZAR y RODOLFO RODRÍGUEZ SALAZAR, todos ya identificados. En consecuencia de la anterior declaratoria se declara la nulidad de la venta y del asiento de la inscripción Registral, hecha por ante la Oficina Subalterna del Registro Público del Municipio Autónomo Mariño del Estado Nueva Esparta, el seis (6) de Octubre de dos mil (2000) bajo el Nro. 02, folios 7 al 12, Tomo 01, Protocolo Primero, Cuarto Trimestre.