PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana OMAIRA JOSEFINA CEDEÑO ALCALÁ, inscrita en los Libros de Registro Civil de Nacimientos que lleva la Prefectura del Municipio García del Estado Nueva Esparta, anotada bajo el N°. 56, folio vto del 29, de fecha 22.04.1.947.
SEGUNDO: Se ordena participar mediante oficio a la Prefectura del Municipio García del Estado Nueva Esparta y al Registrador Principal de ese Estado, a objeto de que se sirva corregir el error alegado en el acta de nacimiento anotada bajo el N°. 56, folio vto del 29, de fecha 22.04.1947 de la ciudadana OMAIRA JOSEFINA CEDEÑO ALCALA, donde dice BENITO ALCALÁ, debe decir “BENITO CEDEÑO”, que es como corresponde..
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.