II.-DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de este Estado, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer y decidir la presente demanda y en consecuencia se declina su competencia al Juzgado (Distribuidor) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Bolivariano de Anzoátegui, a los fines que siga conociendo del presente asunto.