se decreta medida de PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR y medida de EMBARGO PREVENTIVO sobre: la embarcación ‘"STEEL ONE" ex SAUSAN, matrícula ADKN-D-9320; Eslora: 10,70; Manga: 4,27; Puntal: 1,50; Arqueo Bruto 18.00 UAB, la cual le pertenece al ciudadano ABRAHAM RAMON PALACIOS SEIJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-15.693.769, según documento inscrito en fecha 12.11.2015, por ante oficina de Registro Naval de la Circunscripción Acuática de Puerto Cabello del estado Carabobo, bajo el N° 27, Folio 163 al 168, Tomo N° 05, Protocolo Único. Particípese lo conducente a la Oficina de Registro Naval antes mencionada, a los fines de que estampe la nota marginal correspondiente, advirtiéndosele que en atención al artículo 587 del Código de Procedimiento Civil para el caso de que el bien identificado pertenezca según documento protocolizado a terceros, deberá abstenerse de estampar la nota marginal y participarlo de inmediato a éste Tribunal; asimismo, p.....