PRIMERO: IMPROCEDENTE LA IMPUGNACIÓN efectuada por el abogado ISMAEL MEDINA PACHECO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadanos MIGUEL MALTE FRITZ HAUSCHILD GROENING y LUCILA PANTIN DE HAUSCHILD, al mandato otorgado por la ciudadana MARISOL FONSECA, en su carácter de presidente y representante judicial de la sociedad mercantil PUNTA BALLENA IMPORT C.A. a los abogados ANGELINA VOLPE GIARAMITA y MIGUEL COVA ORSETTI, el cual fue conferido ante la secretaria de éste Tribunal en fecha 21.06.2011.
SEGUNDO: Una vez se cumpla con la notificación del presente fallo, comenzará a computarse el lapso establecido en el artículo 351 del Código de Procedimiento Civil para que la parte actora manifieste si conviene o contradice la cuestión previa del numeral 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, que fue opuesta por la parte demandada en la oportunidad legal.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora por haber resultado vencida en esta incidencia.