IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de tacha de falsedad de documento público (vía principal) interpuesta por el ciudadano AMABLE JESÚS RODRIGUEZ en contra de los ciudadanos JESÚS SALVADOR GONZALEZ y JOSÉ JESÚS GONZALEZ, ya identificados.