III.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: IMPROCEDENTE la petición realizada por la demandada, ciudadana IRMA BOZA DE MILANO en su escrito de fecha 19.05.2015, relacionada con la suspensión del presente procedimiento, y en consecuencia, se ordena continuar el curso legal de la demanda de partición y liquidación de bienes interpuesta por el ciudadano FRANCISCO DE JESUS MADURO SALAS en contra de la ciudadana IRMA BOZA DE MILANO.