IV.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana NORKYS JOSEFINA ORTEGA DE BAZAN en contra del ciudadano JOSÉ FRANCISCO BAZAN MELENDEZ, ya identificados, con fundamento en la causal 2° segunda del artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 11.10.1984, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Federal, según consta de acta anotada bajo el Nro. 253, correspondiente al año 1984.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a.....