PRIMERO: La nulidad de todo lo actuado a partir del día 13.11.2009 incluyendo el laudo arbitral dictado en fecha 14.10.2010 y se repone la causa al estado de que sea reformado el auto de admisión dictado el 13.11.2009 en el sentido de ordenar la citación de la sociedad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 2005 C.A. en la persona de su presidente, ciudadano LEONARDO BAPTISTA DIAZ o de la persona que se encuentre debidamente autorizada estatutariamente para representarla y ejercer funciones que excedan de la simple administración, que abarque la que se debe ejercer en esta clase de procedimientos.
SEGUNDO: Se suspende la medida cautelar innominada decretada por este Juzgado en fecha 26.01.2010 consistente en prohibirle al ciudadano LEONARDO BAPTISTA DIAZ, en cu carácter de director de la sociedad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES 2005 C.A., de efectuar ninguna operación que involucre disposición de los activos y derechos de la sociedad, sin la previa aprobación del Tribunal, so.....