En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato de Promesa de Compra-Venta interpuesta por la ciudadana ELBA MARÍA ANGARITA RODRÍGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.139.568, contra la sociedad Mercantil INVERSIONES MENDI EDER, C.A., ambos plenamente identificados en las actas procesales.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por mutua petición interpuesta por la parte demandada-reconviniente, por no haber demostrado lo dicho por ella.
TERCERO: Se ordena a la parte perdedora INVERSIONES MENDI EDER, C.A., a realizar el trámite del crédito ante el Banco Mercantil, oficina del estado Nueva Esparta, a favor de la ciudadana ELBA MARÍA ANGARITA RODRÍGUEZ, sumi.....