... este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demandada de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoada por los ciudadanos NESTOR DANIEL CAZORLA OSORIO, PEDRO RAMON CAZORLA OSORIO, PEDRO LUIS CAZORLA OSORIO, FRANCISCO JOSE CAZORLA OSORIO, MIRLA DEL VALLE CAZORLA OSORIO, DAVID JOSE CAZORLA OSORIO, DALIA COROMOTO CAZORLA DE FERRER, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad N°s. V-9.999.177, V-4.116.313, V-4.556.697, V-6.466.177, V-6.493.875, V-6.887.977, V-7.990.645.
SEGUNDO: En razón de que la presente decisión se dicta fuera de su lapso legal, se ordena la notificación de la misma conforme a lo previsto en los Artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.