..con base a la dispuesto en la norma y jurisprudencia anteriormente citados, que este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, declara INADMISIBLE la presente demanda por existir una prohibición expresa de la Ley, que establece una sanción de espera de noventa (90) días continuos, para que el demandante pueda volver a proponer la demanda. ASI SE DECIDE.