...este Tribunal cumplidos como se encuentran los extremos establecidos en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 851.895,oo), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada, TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS VEINTE BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 378.620,oo), más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal a razón del veinticinco por ciento (25%). En caso de que la presente medida recaiga sobre cantidades líquidas de dinero, la misma se hará por la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CERO CENTIMOS, (Bs. 473.275,oo), suma esta que comprende la cantidad demandada, más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal a razón del veinticinco por ciento (25%), conforme a lo establecido en el artículo 648 del.....