..Este Tribunal actuando de conformidad, y de acuerdo con lo dispuesto en la norma del artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, imparte su homologación en todos y cada uno de los términos expuestos en la transacción de fecha 04-9-2003, y en consecuencia da por terminada la presente causa y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Igualmente, vista la solicitud de las partes, este Juzgado ordena remitir la presente causa, al Tribunal de origen JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, TUBORES, VILLALBA Y PENINSULA DE MACANAO DE ESTE ESTADO. Líbrese oficio. Y ASI SE ESTABLECE.-