..cumplidos como se encuentran los extremos establecidos en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA YSIETE MIL CUATROCIENTOS UN BOLIVAR, CON DICIENUEVE CENTIÍMOS (Bs. 2.737.401,19), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada, UN MILLON DOSCIENTOS DIECISEIS MIL SEICIENTOS VEINTIDOS BOLIVARES CON SETENTA Y CINCO CENTÍMOS (Bs. 1.216.622,75), más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal a razón del veinticinco por ciento (25%). En caso de que la presente medida recaiga sobre cantidades líquidas de dinero, la misma se hará por la cantidad UN MILLON QUINIENTOS VEINTE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON CUARENTA Y TRES CETÍMOS (Bs. 1.520.778,43), suma esta que comprende la suma demandada, más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal a razón del veinticinco por ciento (25%), conforme a lo establecido .....