...En tal sentido, en consonancia, con el criterio emitido en el fallo identificado con el N° 407 de fecha 21-07-2009, expediente Nº 2008-000629 en donde de manera diáfana y precisa se describe y conceptualiza el principio de la conducción judicial que define el campo de acción del Juzgador como garante de la legalidad y del orden Constitucional autorizándolo para actuar aun de oficio, para revisar o controlar la válida instauración del proceso y verificar así el cumplimiento de los llamados presupuestos procesales, advirtiendo los vicios en que haya incurrido el la demandada-reconveniente, respecto a la satisfacción de los mismos resulta inexorable concluir que la presente reconvención por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA POR USUCAPION y subsidiariamente INDEMNIZACIÓN interpuesta por el abogado DANIEL ESPINOZA CARVAJAL, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil GREJA Y ASOCIADOS, C.A., debe declararse INADMISIBLE de conformidad con lo dispuesto en los artículos 691, 340 o.....