..En consecuencia, al encontrarse llenos los extremos de ley en aplicación con lo establecido en los artículo 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble constituido por una parcela de terreno signado con el N° 10, lote que forma parte de una mayor extensión, ubicado en Sabanas de Figueroa, calle Libertad, sector El Tirano, Puerto Fermín, Municipio Antolín del Campo de este Estado, Catastrado con el N° 001293, con un área aproximada de Setecientos Veintitrés Metros Cuadrados con Cuarenta y Cinco Centímetros (723,45 Mts.2), siendo su frente en quince metros (15 mts), y su fondo en cuarenta y ocho metros con veintitrés centímetros (48,23 mts), y alinderado de la siguiente manera: Norte, su frente, vía de penetración que empalma a la carretera turística Porlamar-Manzanillo, hoy en quince metros, calle Libertad; Sur, en quince metros (15 mts), terrenos de mi propiedad con terrenos que son o fueron de Luisa An.....