...Tal y como se evidencia que se encuentran llenos los requisitos de procedencia para decretar la cautelar solicitada, razón por la cual de conformidad con el artículo 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, y al existir pruebas suficientes del derecho que se reclama, y por la otra la existencia del peligro de que quede ilusoria la ejecución del fallo, este Tribunal cumplidos como se encuentran los extremos establecidos en el artículo 646 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal decreta MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA BOLIVARES CON CINCUENTA Y OCHO CÈNTIMOS (Bs. 3.470,58), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada, MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS, (Bs. 1.542,48), más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal a razón del veinticinco por ciento (25%). En caso de que la presente medida recaiga sobre cantidades líquidas .....