Por todas las consideraciones precedentemente expuestas esta Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos incoada por la Ciudadana MILAGROS COROMOTO BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.475.525, debidamente asistida por el Dr. LUIS RAFAEL PERFECTO, Defensor Público del Area de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a favor de la Adolescente Identidad omitida, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se fija definitivamente por concepto de Pensión de Alimentos a favor de la mencionada Adolescente, la cantidad equivalente al 20% del sueldo mensual devengado por el p.....