-----------Por todas las consideraciones precedentemente expuestas esta Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos incoada por la Ciudadana MARBELLA COROMOTO HERNANDEZ MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.308.443, debidamente asistida por la Defensoría de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Autónomo García del Estado Nueva Esparta, a favor de los Hermanos MERCY ALEJANDRA y identidad omitida FERMIN HERNANDEZ, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se fija definitivamente por concepto de Pensión de Alimentos a favor de los mencionados Hermanos, la cantidad de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,oo) men.....