Por todas las consideraciones precedentemente expuestas esta Sala de Juicio Única del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Fijación de Pensión de Alimentos incoada por la Ciudadana MERY JOSE MARCANO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.537.838, debidamente asistida por la Defensoría del Niño y del Adolescente del Municipio Arismendi del Estado Nueva Esparta, a favor de los Niños Identidad omitida, en consecuencia y de conformidad con lo establecido en el Articulo 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se fija definitivamente por concepto de Pensión de Alimentos a favor de los mencionados Niños, la cantidad equivalente al 30% del sueldo mensual devengado por el padre, Ciudadano REDYS JOSE FEBRES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10......