UNICO: Impone al adolescente XXXXXXXXXXXXX, la sanción de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de Nueve (09) meses, consistente en; A) la obligación de someterse a la asistencia, orientación y supervisión del Psicólogo, Psiquiatra y Trabajadora Social de los Servicios Auxiliares adscritos a los Tribunales de Primera Instancia en lo Penal Sección Adolescentes, con una periodicidad que estos determinen debiendo informar mensualmente acerca de la asistencia del adolescente ante esa dependencia y bimensualmente el informe de evolución. Expídase por secretaría copia simple del presente auto y junto con boletas de notificación remítase a las partes. Cítese al adolescente XXXXXXXXXXXXXX, ampliamente identificados en autos para el día 22/03/2006 a las 10:00 horas de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto.