EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE ME CONFIERE LA LEY procede a observar las siguientes disposiciones legales para en consecuencia aplicarlas al presente caso y decidir: PRIMERO: Se acuerda el Diferimiento De La Presente Audiencia, solicitado por la representante del Ministerio Público a la cual no se opuso el Defensor Público Penal N° 01, en virtud que no se encuentran presentes la víctima, ni los funcionarios policiales que actuaron en la detención de los adolescentes, y los cuales son fundamentales para el debate. .....En este punto es menester acotar que de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del DECRETO CON FUERZA DE LEY SOBRE SIMPLIFICACION DE TRAMITES ADMINISTRATIVOS, GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE VENEZUELA N° 36845 DE FECHA 07/12/1999, el cual establece lo siguiente "...Cuando los órganos y entes de la administración pública requieran comprobar la existencia de alguna circunstancia o requisito necesario para la culminac.....